1 de julio de 2009

Caso Joana: MP acusa a Gonçalo Amaral de un delito de tortura

TVI24.pt

Antiguo inspector sospechoso de agredir a Leandro Silva, antiguo compañero de Leonor Cipriano

El Ministerio Público de Faro acusó, el 23 de junio, al antiguo inspector de la PJ, Gonçalo Amaral, de un delito de tortura en el caso de una supuesta agresión a Leandro Silva, antiguo compañero de la madre de Joana, la niña del pueblo de Figueira, desaparecida en 2004.

La información es comunicada por el abogado Marcos Aragão Correia, que también representa a Leonor Cipriano en el caso de la agresión de que la fue víctima por parte de agentes de la PJ.

En la acusación, que el abogado puso a disposición de los medios de comunicación, puede leerse que en el momento de los hechos, 13 de octubre de 2004, Gonçalo Amaral era el coordinador de la Sección Regional de Lucha contra el Vandalismo y Tráfico de Estupefacientes de la PJ de Faro.

Durante la tarde de ese mismo día, dos agentes, que no fue posible identificar, fueron a buscar a António Leandro David Silva a su casa y lo condujeron a la PJ de Faro.

Allí habría sido interrogado por un inspector a quien afirmó que Leonor Cipriano le había confesado que había abandonado el cuerpo de Joana en una casa en ruinas, cerca de Figueira.

Finalizado el interrogatorio y cuando iba a salir, en el acceso a las escaleras dos agentes, que no ha sido posible identificar, lo agarraron “cada uno por un brazo” impidiéndole moverse “al mismo tiempo que el arguido se le acercó por detrás y le agarró por el cuello con ambas manos” situándose delante de él.

Enseguida, Gonçalo Amaral, sustenta la acusación, “le propinó varios puñetazos en el abdomen y bofetadas en la cara al tiempo que le decía que le indicara dónde estaba Joana”.

De esta agresión resultó la “contusión en el costado” y 15 días de dolores, cinco de los cuales estuvo incapacitado para el trabajo.

El arguido habría actuado conjuntamente con los restantes inspectores no identificados con la intención de “provocar las mencionadas lesiones y perturbar su capacidad de determinación” llevándole a prestar declaraciones diferentes sobre la localización de la niña.

Según el código penal el delito de tortura es castigado con pena de prisión de 1 a 5 años, si no correspondiera una pena mayor con motivo de otra disposición legal.

Marcos Aragão Correia justifica a tvi24.pt el desfase temporal de casi cinco años entre el supuesto delito y la acusación, con el hecho de que el Ministerio público no tuvo conocimiento del caso hasta octubre pasado.

“En 2004, Leandro intentó presentar una demanda aunque un agente de la PJ le engañó diciendo que solo podría hacerlo cuando el proceso de Joana dejase de estar bajo secreto de sumario.”

Cuando asumió la defensa de Leonor, el abogado aconsejó a Leandro que no desistiera del caso. “Fue en ese momento cuando él hizo partícipe a la PJ. Se trata de un delito público por lo que el derecho de denuncia no prescribe en el plazo de seis meses”, sustenta el causídico.

Por otra parte, el abogado de Gonçalo Amaral confirma haber recibido la acusación y le extraña que Leandro haya presentado una demanda cinco años después del supuesto delito. “Nunca habló de ello, si siquiera durante el juicio de Leonor Cipriano y ahora decide presentar una demanda”, dice.

Sobre el contenido de la acusación, António Cabrita considera que “vale lo que vale” añadiendo que se fundamenta en una prueba testimonial de familiares de Leandro que ni siquiera presenciaron la supuesta agresión.

“Y la palabra de Leandro Silva contra la del inspector Gonçalo Amaral”, considera el abogado, añadiendo que el Ministerio Público prefirió “sacudirse el agua del capote al acusar para que sea el juez quien decida.”

António Cabrita aun no ha hablado con su cliente sobre esta acusación, aunque considera que debe ser requerida la apertura de la instrucción y suscitar todas las cuestiones que puedan avalar la tesis del Ministerio Público.

Traducción de Mercedes

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